Pisos Protegidos

Autorizaciones Sanitarias:
expediente – SA 513A 2020/2-4
expediente – SA 513A 2017/4-4
expediente – SA 513A 2017/2-4
expediente – SA 513A 2017/3-4
expediente – SA 513A 2019/1-4
expediente – SA 513A 2019/6-4

Los pisos supervisados son fórmulas de alojamiento alternativo previstas para aquellas personas con trastorno mental persistente con autonomía de conducta pero sin posibilidad de convivencia familiar, y que requieren de ayuda psicosocial para su desarrollo.

Dentro de la función general de acogimiento, así como la de facilitarles alojamiento y otros servicios complementarios, le corresponden a estas unidades de apoyo comunitario:

  1. El mantenimiento en el entorno comunitario .
  2. Mejorar su funcionamiento psicosocial, posibilitando la mayor autonomía e independencia posible.
  3. El apoyo a las familias de las personas con trastornos mentales persistentes, favoreciendo sus capacidades y recursos de adaptación a la enfermedad y promoviendo una mejora en su calidad de vida.
  4. La prestación de servicios de rehabilitación psíquica y social.

Objetivos:

  1. Ofrecer servicios de alojamiento y manutención.
  2. Procurar la adquisición de las habilidades sociales que permitan una mayor integración en la sociedad
  3. Procurar las habilidades de la vida diaria que posibiliten una mayor autonomía funcional.
  4. Ofrecer educación al usuario acerca de su enfermedad y discapacidad.
  5. Promover las habilidades que eviten las recaídas propias de la enfermedad.
  6. Procurar un entorno doméstico y familiar dónde conceptos como privacidad, propiedad, seguridad física y psicológica, relaciones interpersonales, confianza y estabilidad deben ser protegidos.